REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO CONCERNIENTE A NOVEDADES, ESCALA DE FALTAS Y SANCIONES
Cada organización maneja su
propio reglamento interno de trabajo, que será la herramienta que les permitirá
establecer parámetros para cada parte, hasta donde les es permitido o no llegar
ya sea al empleador o al trabajador. Es un soporte regulador que le permite a
las compañías solucionar conflictos y amparar cualquier decisión que se desee
tomar.
Si alguna de las partes
incumple lo establecido en el reglamento interno de trabajo, existirá una sanción
establecida en el mismo reglamento de trabajo y el cual esta soportado bajo el
C.S.T.
El código sustantivo de
trabajo dice:
ARTICULO
114. SANCIONES NO PREVISTAS. La empresa no puede imponer a sus trabajadores
sanciones no previstas en el reglamento, en pacto, en convención colectiva, en
fallo arbitral o en contrato individual.
ARTICULO 115. PROCEDIMIENTO PARA SANCIONES. Artículo modificado por el artículo 10 del Decreto 2351 de 1965. Antes de aplicarse una sanción disciplinaria el empleador, debe dar oportunidad de ser oídos tanto al trabajador inculpado como a dos representantes del sindicato a que este pertenezca. No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria que se imponga pretermitiendo este trámite.
ARTICULO 115. PROCEDIMIENTO PARA SANCIONES. Artículo modificado por el artículo 10 del Decreto 2351 de 1965. Antes de aplicarse una sanción disciplinaria el empleador, debe dar oportunidad de ser oídos tanto al trabajador inculpado como a dos representantes del sindicato a que este pertenezca. No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria que se imponga pretermitiendo este trámite.
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